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Legislación

Número 8 - Año I - Septiembre 2004

Decreto 312/2004, de 8 de junio, por el que se suprimen varios órganos colegiados de la Administración de la Generalidad
DOGC 10 Junio
Una de las líneas de actuación de la acción del Gobierno es la simplificación de las estructuras organizativas, para agilizar y flexibilizar la organización de la Administración de la Generalidad.
Con esta finalidad se cree necesario suprimir todos aquellos órganos que han finalizado las funciones que se les encomendaron o que, simplemente, han pasado a ser innecesarios, puesto que la tarea que tenían asignada la puede llevar a cabo otro órgano u organismo de la Administración de la Generalidad.
Por otra parte, se considera más operativa la creación de grupos de trabajo, cuya vigencia vaya ligada con la realización de la tarea encomendada.
En virtud de esto, visto lo que dispone la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, a propuesta de los titulares de los departamentos de la Presidencia, y de Gobernación y Administraciones Públicas, y de acuerdo con el Gobierno,
DECRETO:
Artículo único.
Se suprimen los órganos siguientes:
a) Del Departamento de la Presidencia:
Consejo Rector del Centro de Historia Contemporánea de Cataluña, regulado en los artículos tercero, apartados 1 y 2, y cuarto del Decreto 80/1984, de 3 de marzo, de creación del Centro de Historia Contemporánea de Cataluña, y en los artículos 1 y 2 del Decreto 165/1986, de 29 de mayo, por el que se modifica el Decreto 80/1984, de creación del Centro de Historia Contemporánea de Cataluña.
Comisión de Coordinación Interdepartamental, regulada en el artículo 40 del Decreto 184/2000, de 29 de mayo, de reestructuración del Departamento de la Presidencia.
Comisión de Análisis de los Actos de Violencia contra las Mujeres en el Ámbito del Hogar, regulada a la Resolución de 9 de enero de 1998, por la que se da publicidad al Acuerdo del Gobierno de 7 de enero de 1998, de creación de una comisión de análisis de los actos de violencia contra las mujeres en el ámbito del hogar.
Consejo Territorial, regulado en el artículo 38 del Decreto 184/2000, de 29 de mayo, de reestructuración del Departamento de la Presidencia, y en la disposición adicional 2 del Decreto 223/2004, de 9 de marzo, de reestructuración de órganos territoriales de la Administración de la Generalidad.
Comisión Asesora para la Modernización de la Administración, regulada en el Decreto 30/1998, de 4 de febrero, de creación de la Comisión Asesora para la Modernización de la Administración
Comisión de Investigación y Desarrollo del Deporte, regulada en la Resolución de 12 de mayo de 1992, por la que se constituye la Comisión de investigación y desarrollo del deporte.
b) Del Departamento de Relaciones Institucionales y Participación:
Comisión Catalana del Cambio Climático, regulada en el Decreto 198/2003, de 26 de agosto, de creación de la Comisión Catalana del Cambio Climático.
Comisión para las Relaciones Institucionales con el Estado, regulada en el Decreto 157/1988, por el que se crea la Comisión para las relaciones institucionales con el Estado.
c) Del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas:
Grupo Interdepartamental de Montaña, regulado en el Decreto 149/2002, de 28 de mayo, de creación del Grupo Interdepartamental de Montaña.
d) Del Departamento de Interior:
Comisiones de brigada y Comisiones de parques principales de bomberos, reguladas en los artículos tercero y cuarto del Decreto 93/1980, de 27 de junio de 1980.
Comité de Salud y Seguridad Laboral del cuerpo de bomberos, regulado en el Decreto 215/1995, de 25 de julio.
e) Del Departamento de Justicia:
Comisión mixta del Programa de Atención Especializada para el Tratamiento de Conductas Adictivas, regulada en el artículo 13 del Decreto 184/1990, de 20 de junio, de creación del programa de atención especializada para el tratamiento de conductas adictivas.
Comisiones territoriales de Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona, de secretarios judiciales, reguladas en los artículos 1 y 4 del Decreto 278/2000, de 31 de julio, por el que se crean las comisiones de secretarios judiciales de Cataluña.
f) Del Departamento de Economía y Finanzas:
Junta de Seguros de la Administración de la Generalidad de Cataluña, regulada en el Decreto 202/1991, de 16 de septiembre.
Comisión Asesora del Plan de Contabilidad Pública, regulada en los artículos 2, 3 y 4 de la Orden de 10 de diciembre de 1991, y en el artículo 2 de la Orden de 11 de mayo de 1995.
g) Del Departamento de Educación:
Comisión de Coordinación de Formación Profesional, regulada en la Resolución de 25 de mayo de 1993.
Comisión de Estudios de las guarderías, regulada en la Orden de 1 de marzo de 1995, por la que se crea la Comisión de estudio de las guarderías.
Comisión de Informática Educativa, regulada en el artículo 5 de la Orden de 12 de febrero de 1986, por la que se establece la estructura organizativa del Programa de Informática Educativa.
h) Del Departamento de Cultura:
Comisión para el estímulo de la Cultura Científica, regulada en la Orden de 4 de julio de 1989, de creación de la Comisión para el estímulo de la cultura científica.
Comisión Asesora para la modernización cultural de Cataluña, regulada en el artículo 3 de la Orden de 10 de marzo de 1986, por la que se crean varias comisiones asesoras del consejero de Cultura.
Comisión Asesora para el Diálogo entre las Culturas Existentes en el Estado Español, regulada en el artículo 2 de la Orden de 10 de marzo de 1986, por la que se crean varias comisiones asesoras del consejero de Cultura
i) Del Departamento de Salud:
Consejo Catalán de prevención del tabaquismo, regulado en el artículo noveno, del 469/1983, de 27 de octubre, por el que se establecen medidas preventivas en relación con el tabaquismo.
Consejo director sobre el desarrollo de la Ley 20/1985, de prevención y asistencia en materia de substancias que pueden generar dependencias, regulado en el artículo 2 Decreto 160/1986, de 26 de mayo, de constitución de la Comisión de Coordinación y lucha contra las dependencias de drogas, y el Consejo Directivo y el Órgano Técnico para el desarrollo de la Ley 20/1985, y en los artículos 1 y 2 del Decreto 331/1987, de 23 de noviembre, de modificación parcial del Decreto 160/1986, de 26 de mayo, de constitución de la Comisión de Coordinación y lucha contra las dependencias de drogas, y del Consejo Directivo y el Órgano Técnico para el desarrollo de la Ley 20/1985.
Comité Directivo del Programa para la Prevención y la Asistencia del SIDA, regulado en el artículo 3.1 del Decreto 365/1994, de 23 de diciembre, de modificación del Decreto 68/1987, de 20 de febrero, de reestructuración del Programa para la prevención y el control del SIDA y, en general, de las infecciones provocadas por el VIH.
Consejo asesor sobre investigación en el ámbito de la sanidad en Cataluña, regulado en la Orden de 24 de mayo de 1988, de creación del Consejo Asesor sobre investigación en el ámbito de la sanidad en Cataluña.
Comité Científico de la Dirección Gerencia del Instituto Catalán de la Salud, regulado en el artículo 6, apartado b), del Decreto 276/2001, de 23 de octubre, de reestructuración del Instituto Catalán de la Salud.
j) Del Departamento de Trabajo e Industria:
Comisión Interdepartamental de Seguridad y Salud Laboral, regulada en el Decreto 71/1992, de 2 de marzo, de creación de la Comisión Interdepartamental de Seguridad y Salud Laboral; en el Decreto 321/1998, de 15 de diciembre, de modificación del Decreto 71/1992, de 2 de marzo, de creación de la Comisión Interdepartamental de Seguridad y Salud Laboral, y en la Orden de 17 de agosto de 1993, de aprobación de las normas de funcionamiento de la Comisión Interdepartamental de Seguridad y Salud Laboral.
Comisión de Expertos en Materia de Líneas Eléctricas de Alta Tensión, regulada en el Acuerdo del Gobierno de 29 de mayo de 2000, por el que se crea la Comisión de expertos en materia de líneas eléctricas de alta tensión, y publicado en la Resolución de 1 de junio de 2000.
Consejo de Organizaciones Representativas de la Economía Social de Cataluña (CORESC), regulado en el Decreto 55/1993, de 23 de febrero, de creación del Consejo de Organizaciones Representativas de la Economía Social de Cataluña.
k) Del Departamento de Comercio, Turismo y Consumo:
Comisión Mixta de Hotelería, creada en el artículo 4, apartado 5, del Decreto 176/1987, de 9 de abril.
Comité Director y la Ponencia Técnica del Plan territorial sectorial de establecimientos comercial, regulados en la Orden de 12 de febrero de 1996.
l) Del Departamento de Bienestar y Familia:
Comisión Interdepartamental para la Accesibilidad, regulada en los artículos 61 y 62 del Decreto 135/1995, de 24 de marzo.
Comisión Interdepartamental de Integración Laboral de las personas con Disminución, regulada en el artículo 9 del Decreto 238/1987, de 20 de julio, y modificada por el artículo 1 del Decreto 399/1988, de 27 de diciembre.
Consejo Asesor de Integración Laboral, regulado en el artículo 10 del Decreto 238/1987, de 20 de julio, y modificado por el artículo 2 del Decreto 399/1988, de 27 de diciembre.
Comité Asesor para la Atención y la Integración Social de las Personas con Disminución, creado y regulado en el Decreto 192/1991, de 16 de septiembre.
Consejo de Dirección del ICASS, regulado en los artículos 2 y 3 del Decreto 402/2000, de 27 de diciembre.
Comisión del Registro de Entidades, Servicios y Establecimientos Sociales, regulada en la Orden de 15 de julio de 1987.
m) Del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda:
Comisión Asesora de las reservas naturales parciales del Delta del Llobregat de la Ricarda-Can Arana y el Remolar-Filipinas, creada en la Orden de 24 de julio de 1990, sobre creación de una comisión asesora de las reservas naturales parciales del Delta del Llobregat.
Comisión de programación de viviendas, regulada en los artículos 1 y 2 del Decreto 378/1988, de 14 de noviembre, sobre modificación del Decreto 216/1986, de 26 de mayo, sobre programación y adjudicación de viviendas de promoción pública.
Comisión de seguimiento del Plan de espacios de interés natural, regulada en el artículo 9.2 del Decreto 328/1992, de 14 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de espacios de interés natural.
Comisiones de trabajo no permanentes o transitorias, reguladas en el artículo 7 del Decreto 239/1986, de 4 de agosto, sobre el Consejo de Protección de la Naturaleza.
Comité asesor para el desarrollo del Programa de rehabilitación y conservación del parque de viviendas, regulado en el artículo 5 del Decreto 76/1992, de 2 de marzo, por el que se crean el Programa de rehabilitación y conservación del parque de viviendas y el Centro Técnico y de Cooperación para la Rehabilitación de Viviendas.
Junta consultiva para el seguimiento de los planes de aprovechamiento forestal y cinegético de la sierra de Collserola, regulada en el artículo 9 del Decreto 59/1986, de 27 de febrero, sobre medidas de protección de las zonas forestales de la sierra de Collserola.
Junta Rectora del Parque Natural del Macizo de Sant Lloren de Munt y la sierra del Obac regulada en el artículo 6 del Decreto 106/1987, de 20 de febrero, por el que se declaran Parque Natural el macizo de Sant Lloren de Munt y la sierra del Obac.
Consejo de Cooperación del Parque Natural de los Puertos y de la reserva natural parcial de Les Fagedes dels Ports, regulado en el artículo 14 del Decreto 160/2001, de 12 de junio, de declaración del parque natural de los Puertos y de la reserva natural parcial de Les Fagedes dels Ports.
Consejo de Cooperación del Parque Natural de la Sierra del Montsant, regulado en el artículo 11 del Decreto 131/2002, de 30 de abril, de declaración del parque natural de la sierra del Montsant.
n) Del Departamento de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información:
Comisión Delegada de la CIRIT, regulada en los artículos 4, apartado primero, 6 y 7 del Decreto 195/1991, de 16 de septiembre, de coordinación de la investigación y de reorganización de la CIRIT, y en el artículo 1 del Decreto 203/1994, de 26 de julio, por el que se modifica el Decreto 195/1991, de 16 de septiembre, de coordinación de la investigación y de reorganización de la CIRIT, y se estructura el Gabinete Técnico de Investigación.
Consejo de la Sociedad de la Información, regulado en el artículo 31 del Decreto 127/2000, de 3 de abril, de estructuración del Departamento de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información.
Comisión Asesora de Ética para las Ciencias y la Tecnología de Cataluña, regulada en el Decreto 331/1997, de 23 de diciembre, de creación de la Comisión Asesora de Ética para las Ciencias y la Tecnología de Cataluña.
Comisión Asesora de Ciencias y Tecnología, regulada en el Decreto 49/1999, de 23 de febrero, de creación de la Comisión Asesora de Ciencias y Tecnología.
Comisión Permanente del Consejo de Asesoramiento, Seguimiento y Evaluación de la CIRIT, regulada en los artículos 2.4 y 5 de la Orden de 8 de agosto de 2001, por la que se crea el Consejo de Asesoramiento, Seguimiento y Evaluación como órgano de la Comisión Interdepartamental de Investigación e Innovación Tecnológica (CIRIT).
Comité de Seguimiento y Actualización de la implantación y los Objetivos del Plan estratégico Catalunya en Xarxa, regulada en el Decreto 341/2000, de 24 de octubre, de creación Comité de seguimiento y actualización de implantación y los objetivos del plan estratégico Catalunya en Xarxa.
Comisión de Habilitación, regulada en los artículos 6, 7, 8 y 9 del Decreto 66/2001, de 20 de febrero, por el que se establece la modalidad de profesorado asociado habilitado, dentro la categoría de profesorado asociado, de las universidades públicas de Cataluña, y se crea la Comisión de Habilitación.
DISPOSICIÓN ADICIONAL. Con efectos del día 30 de junio de 2004, se suprime el Patronato Centro Especial Viver de Bell-lloc, regulado en el Decreto 515/1982, de 28 de diciembre, de creación del Patronato del Centro Especial Viver de Bell-lloc, y en la Orden de 15 de marzo de 1983, por la que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Patronato del Centro Especial Viver de Bell-lloc.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
-1. Quedan derogadas las disposiciones siguientes:
Artículos tercero y cuarto del Decreto 93/1980, de 27 de junio, por el que se crea la Dirección General de Prevención y Extinción de Incendios y de Salvamentos de Cataluña y se asume la gestión de los correspondientes servicios de las diputaciones.
Decreto 515/1982, de 28 de diciembre, de creación del Patronato del Centro Especial Vivero de Bell-lloc.
Artículo noveno del Decreto 469/1983, de 27 de octubre, por el que se establecen medidas preventivas en relación con el tabaquismo.
Artículo tercero, apartado 2, y cuarto del Decreto 80/1984, de 3 de marzo, de creación del Centro de Historia Contemporánea de Cataluña.
Artículo 9 del Decreto 59/1986, de 27 de febrero, sobre medidas de protección de las zonas forestales de la sierra de Collserola.
Artículo 2 del Decreto 160/1986, de 26 de mayo, de constitución de la Comisión de Coordinación y lucha contra las dependencias de drogas, y el Consejo Directivo y el Órgano Técnico para el desarrollo de la Ley 20/1985.
Artículos 1 y 2 del Decreto 165/1986, de 29 de mayo, por el que se modifica el Decreto 80/1984, de creación del Centro de Historia Contemporánea de Cataluña.
Artículo 7 del Decreto 239/1986, de 4 de agosto, sobre el Consejo de Protección de la Naturaleza.
Artículo 6 del Decreto 106/1987, de 20 de febrero, por el que se declaran Parque Natural el macizo de Sant Lloren de Munt y la sierra del Obac.
Artículo 4, apartado 5, del Decreto 176/1987, de 9 de abril, por el que se establecen normas sobre la ordenación y la clasificación de los establecimientos de alojamiento turístico sometidos al régimen de hotelería.
Artículos 9 y 10 del Decreto 238/1987, de 20 de julio, por el que se desarrolla el Capítulo X del Título IV de la Ley 17/1985, de 23 de julio, de la Función Pública de la Administración de la Generalidad, y se fomentan otras vías concurrentes para la integración laboral de las personas disminuidas.
Artículos 1 y 2 del Decreto 331/1987, de 23 de noviembre, de modificación parcial del Decreto 160/1986, de 26 de mayo, de constitución de la Comisión de Coordinación y lucha contra las dependencias de drogas, y del Consejo Directivo y el Órgano Técnico para el desarrollo de la Ley 20/1985.
Decreto 157/1988, de 11 de julio, por el que se crea la Comisión para las relaciones institucionales con el Estado.
Artículos 1 y 2 del Decreto 378/1988, de 14 de noviembre, sobre modificación del Decreto 216/1986, de 26 de mayo, sobre programación y adjudicación de viviendas de promoción pública.
Decreto 399/1988, de 27 de diciembre, de modificación parcial del Decreto 238/1987, de 20 de julio, y del Decreto 170/1980, de 3 de octubre.
Artículo 13 del Decreto 184/1990, de 20 de junio, de creación del programa de atención especializada para el tratamiento de conductas adictivas.
Decreto 192/1991, de 16 de septiembre, por el que se crea el Comité Asesor para la atención y la integración social de las personas con disminución.
Artículos 6 y 7 del Decreto 195/1991, de 16 de septiembre, de coordinación de la investigación y de reorganización de la CIRIT.
Artículo 4 del Decreto 202/1991, de 16 de septiembre, sobre análisis, valoración, gestión y prevención de los riesgos que afectan al patrimonio y a las actividades de la Administración de la Generalidad de Cataluña.
Decreto 71/1992, de 2 de marzo, de creación de la Comisión Interdepartamental de Seguridad y Salud Laboral.
Artículo 5 del Decreto 76/1992, de 2 de marzo, por el que se crean el Programa de rehabilitación y conservación del parque de viviendas y el Centro Técnico y de Cooperación para la Rehabilitación de Viviendas.
Artículo 9, apartado 2, del Decreto 328/1992, de 14 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de espacios de interés natural.
Decreto 55/1993, de 23 de febrero, de creación del Consejo de Organizaciones Representativas de la Economía Social de Cataluña.
Decreto 203/1994, de 26 de julio, por el que se modifica el Decreto 195/1991, de 16 de septiembre, de coordinación de la investigación y de reorganización de la CIRIT, y se estructura el Gabinete Técnico de Investigación.
Artículo 3.1 del Decreto 365/1994, de 23 de diciembre, de modificación del Decreto 68/1987, de 20 de febrero, de reestructuración del Programa para la prevención y el control del SIDA y, en general, de las infecciones provocadas por el VIH.
Artículos 61 y 62 del Decreto 135/1995, de 24 de marzo, de desarrollo de la Ley 20/1991, de 25 de noviembre, de promoción de la accesibilidad y de supresión de barreras arquitectónicas, y de aprobación del Código de accesibilidad.
Decreto 215/1995, de 25 de julio, de creación del Comité de Salud y Seguridad Laboral en el cuerpo de bomberos de la Generalidad de Cataluña.
Decreto 331/1997, de 23 de diciembre, de creación de la Comisión Asesora de Ética para las Ciencias y la Tecnología de Cataluña.
Decreto 30/1998, de 4 de febrero, de creación de la Comisión Asesora para la Modernización de la Administración.
Decreto 321/1998, de 15 de diciembre, de modificación del Decreto 71/1992, de 2 de marzo, de creación de la Comisión Interdepartamental de Seguridad y Salud Laboral.
Decreto 49/1999, de 23 de febrero, de creación de la Comisión Asesora de Ciencias y Tecnología.
Capítulo 9 del Decreto 127/2000, de 3 de abril, de estructuración del Departamento de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información.
Artículos 38 y 40 del Decreto 184/2000, de 29 de mayo, de reestructuración del Departamento de la Presidencia.
Artículos 1.2 y 4 del Decreto 278/2000, de 31 de julio, por el que se crean las comisiones de secretarios judiciales de Cataluña.
Decreto 341/2000, de 24 de octubre, de creación del Comité de seguimiento y actualización de implantación y los objetivos del plan estratégico Catalunya en Xarxa.
Artículos 2, apartado a), y 3 del Decreto 402/2000, de 27 de diciembre, de reestructuración del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales.
Capítulo 2 y disposición adicional del Decreto 66/2001, de 20 de febrero, por el que se establece la modalidad de profesorado asociado habilitado, dentro de la categoría de profesorado asociado, de las universidades públicas de Cataluña, y se crea la Comisión de Habilitación.
Artículos 5, apartado a), y 6 del Decreto 96/2001, de 20 de marzo, sobre organización y competencias para la contratación de los suministros y de sus servicios complementarios, relacionados o derivados dentro la Administración de la Generalidad y otros organismos públicos.
Artículo 14 del Decreto 160/2001, de 12 de junio, de declaración del parque natural de Els Ports y de la reserva natural parcial de Les Fagedes dels Ports.
Decreto 304/2001, de 20 de noviembre, por el que se crea la Comisión de Estudio y Seguimiento de la Situación de las Sectas en Cataluña.
Artículo 11 del Decreto 131/2002, de 30 de abril, de declaración del parque natural de la sierra del Montsant.
Decreto 149/2002, de 28 de mayo, de creación del Grupo Interdepartamental de Montaña.
Decreto 198/2003, de 26 de agosto, de creación de la Comisión Catalana del Cambio Climático.
Decreto 240/2003, de 8 de octubre, por el que se modifica el Decreto 304/2001, de 20 de noviembre, de creación de la Comisión de estudio y seguimiento de la situación de las sectas en Cataluña.
Disposición adicional segunda del Decreto 223/2004, de 9 de marzo, de reestructuración de órganos territoriales de la Administración de la Generalidad.
Acuerdo del Gobierno de 7 de enero de 1998, de creación de una comisión de análisis de los actos de violencia contra las mujeres en el ámbito del hogar, publicado en la Resolución de 9 de enero de 1998, por la que se da publicidad al Acuerdo del Gobierno de 7 de enero de 1998, de creación de una comisión de análisis de los actos de violencia contra las mujeres en el ámbito del hogar.
Acuerdo del Gobierno de 29 de mayo de 2000, por el que se crea la Comisión de expertos en materia de líneas eléctricas de alta tensión, publicado en la Resolución de 1 de junio de 2000.
Orden de 15 de marzo de 1983, por la que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Patronato del Centro Especial Vivero de Bell-lloc.
Artículo 5 de la Orden de 12 de febrero de 1986, por la que se establece la estructura organizativa del Programa de Informática Educativa.
Orden de 10 de marzo de 1986, por la que se crean varias comisiones asesoras del consejero de Cultura.
Disposición adicional única de la Orden de 15 de julio de 1987, de desarrollo de las normas de autorización administrativa de servicios y establecimientos de servicios sociales y de funcionamiento del Registro de entidades, servicios y establecimientos sociales, fijadas al Decreto 27/1987, de 29 de enero.
Orden de 24 de mayo de 1988, de creación del Consejo Asesor sobre investigación en el ámbito de la sanidad en Cataluña.
Orden de 4 de julio de 1989, de creación de la Comisión para el estímulo de la cultura científica.
Orden de 24 de julio de 1990, sobre creación de una comisión asesora de las reservas naturales parciales del Delta del Llobregat.
Artículos 2, 3 y 4 de la Orden de 10 de diciembre de 1991, sobre implantación provisional del Plan general de contabilidad pública.
Orden de 17 de agosto de 1993, de aprobación de las normas de funcionamiento de la Comisión Interdepartamental de Seguridad y Salud Laboral.
Orden de 1 de marzo de 1995, por la que se crea la Comisión de estudio de los hogares de niños.
Artículo 2 de la Orden de 11 de mayo de 1995, de aplicación de la estructura y del cuadro de cuentas del Plan general de contabilidad pública.
Orden de 12 de febrero de 1996, por la que se crean el Comité Director y la Ponencia Técnica del Plan territorial sectorial de establecimientos comerciales y se establecen las funciones y la composición.
Artículos 2, apartado 4, y 5 de la Orden de 8 de agosto de 2001, por la que se crea el Consejo de Asesoramiento, Seguimiento y Evaluación como órgano de la Comisión Interdepartamental de Investigación e Innovación Tecnológica (CIRIT).
Resolución de 12 de mayo de 1992, por la que se constituye la Comisión de investigación y desarrollo del deporte.
Resolución de 25 de mayo de 1993, de creación de la Comisión de coordinación de la formación profesional.
-2. Quedan derogadas todas las disposiciones del mismo rango o inferior que se opongan a lo que establece este Decreto o que lo contradigan.
DISPOSICIÓN FINAL. Este Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el DOGC.

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